El presente beneficio alcanza a todos los trabajadores que sean afiliados, teniendo derecho exclusivamente a tal beneficio el titular o cónyuge.
REQUISITOS
El tramite Es Personal Y Deberá Realizarse Dentro De Los Primeros Tres Meses De Ocurrido El Nacimiento. De No Poder Realizarlo El Titular, Quien Lo Gestione Deberá Traer Autorización Por Escrito Y DNI Del Autorizado (Original Y Copia)
El ajuar contiene
